jueves, 4 de octubre de 2012

PERITOS JUDICIALES

02-10-2012 (14:41:17) por Redacción
Santiago de Compostela. El Consejo Gallego de la Competencia (CGC) ha cerrado el expediente sancionador abierto contra el Colegio Oficial de Arquitectos de Galicia (COAG) y el Consejo Gallego de Aparejadores y Arquitectos técnicos (CGCAAT) por posibles prácticas que restringían la competencia tras llegar a un acuerdo para que puedan actuar con peritos judiciales dándose de alta en las correspondientes listas que elaboran sus colegios profesionales.




El departamento que preside Francisco Hernández mostró su satisfacción por finalizar el expediente de manera convencional, y sin sanción, después de que el COAG y el CGCAAT se comprometieran a eliminar las trabas impuestas a los profesionales que quieren actuar como peritos judiciales. Además, subrayó que se abre la competencia y permite ampliar sustancialmente el número de profesionales que pueden actuar como peritos judiciales.

Con este acuerdo, el CGC garantiza que arquitectos y arquitectos técnicos puedan actuar como peritos judiciales dándose de alta en las correspondientes listas que elaboran sus colegios profesionales.

Así, el Colegio Oficial de Arquitectos de Galicia y el Consejo Gallego de Colegios de Aparejadores y Arquitectos Técnicos se comprometen con el CGC a eliminar las normas colegiales que actualmente dificultaban o impedían que un arquitecto o arquitecto técnico pudiera actuar como perito judicial.

De este modo, ya no se podrá exigir como condición previa para ser perito judicial, requisitos tales cómo acreditar un número de años de experiencia arbitrariamente fijado por el colegio o haber realizado cursos de formación organizados por el propio colegio profesional.



A partir de ahora cualquier profesional que cumpla los requisitos establecidos legalmente, puede darse de alta en la lista de peritos que elabora su colegio y ser designado por un juez para participar cómo perito en una causa. Además, el COAG y el CGCAAT deberán acreditar documentalmente ante lo CGC el cambio en las normas colegiales a lo que se comprometieron y deberán comunicárselo a todos los profesionales colegiados de manera individual y a través de sus respectivas páginas web.

Incendio

Un incendio es una ocurrencia de fuego no controlada que puede abrasar algo que no está destinado a quemarse. Puede afectar a estructuras y a seres vivos. La exposición de los seres vivos a un incendio puede producir daños muy graves hasta la muerte, generalmente por inhalación de humo o por desvanecimiento producido por la intoxicación y posteriormente quemaduras graves.
Para que se inicie un fuego es necesario que se den conjuntamente tres componentes: combustible, oxígeno y calor o energía de activación.



En los edificios, los incendios pueden empezar por causas muy variadas: fallos en las instalaciones eléctricas o de combustión, como las calderas, escapes de combustible, accidentes en la cocina, niños jugando con mecheros o cerillas, o accidentes que implican otras fuentes de fuego, como velas y cigarrillos. El fuego puede propagarse rápidamente a otras estructuras, especialmente en aquellas que no cumplen las normas básicas de seguridad. Por ello, muchos municipios ofrecen servicios de bomberos para extinguir los posibles incendios rápidamente.

Las normativas sobre Protección de Incendios clasifican el riesgo que presenta cada tipo de edificio según sus características, para adecuar los medios de prevención.
El riesgo atiende a tres factores:
  • Ocupación: mayor o menor cantidad de gente y conocimiento que tienen los ocupantes del edificio.
  • Continente: atiende a los materiales con que está construido el edificio, más o menos inflamables, así como a la disposición constructiva, especialmente la altura que, si es grande, dificulta tanto la evacuación como la extinción.
  • Contenido: materias más o menos inflamables.
Según estos factores, el riesgo se clasifica en Ligero, Ordinario y Extraordinario.




















Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro.

TÍTULO I.
DISPOSICIONES GENERALES

SECCIÓN I. PRELIMINAR

Artículo 1.
El contrato de seguro es aquél por el que el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura, a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convenidas.
Artículo 2.
Las distintas modalidades del contrato de seguro, en defecto de Ley que les sea aplicable, se regirán por la presente Ley, cuyos preceptos tienen carácter imperativo, a no ser que en ellos se disponga otra cosa. No obstante, se entenderán válidas las cláusulas contractuales que sean mas beneficiosas para el asegurado.
Artículo 3.
Las condiciones generales, que en ningún caso podrán tener carácter lesivo para los asegurados, habrán de incluirse por el asegurador en la proposición de seguro si la hubiere y necesariamente en la póliza de contrato o en un documento complementario, que se suscribirá por el asegurador y al que se entregará copia del mismo. Las condiciones generales y particulares se redactarán de forma clara y precisa. Se destacarán de modo especial las cláusulas limitativas de los derechos de los asegurados, que deberán ser específicamente aceptadas por escrito.
Las condiciones generales del contrato estarán sometidas a la vigilancia de la Administración Pública en los términos previstos por la Ley.
Declarada por el Tribunal Supremo la nulidad de alguna de las cláusulas de las condiciones generales de un contrato la Administración Pública competente obligará a los aseguradores a modificar las cláusulas idénticas contenidas en su pólizas.
Artículo 4.
El contrato de seguro será nulo, salvo en los casos previstos por la Ley, si en el momento de su conclusión no existía el riesgo o había ocurrido el siniestro.



Inundaciones en España: los daños por lluvias ascienden a 120 millones, según los seguros

Inundaciones en España: los daños por lluvias ascienden a 120 millones, según los seguros 

El temporal ha provocado ya 10 muertes y tres desapariciones.


En un primera estimación, el Consorcio de Compensación de Seguros ha cifrado en 120 millones los daños ocasionados en las inundaciones en Andalucía, Murcia y Comunidad Valenciana, mientras que los primeros datos facilitados por los peritos arrojan 19.500 siniestros. Según un informe, en la Comunidad Valenciana se calculan indemnizaciones por importe de 62,7 millones de euros, en Andalucía Oriental, 42 millones, y en Murcia, por valor de 15 millones de euros.
El director de Operaciones del Consorcio, Alejandro Izuzquiza, ha afirmado que el informe corresponde a una "panorámica general" de las primeras visitas de los peritos a las zonas afectadas, aunque las reclamaciones de los perjudicados con bienes asegurados empiezan a tramitarse hoy.
En la Comunidad Valenciana se han producido inundaciones de mucha importancia, que han afectado aproximadamente a 5.000 viviendas, 1.200 comercios e industrias y 2.000 automóviles. Las indemnizaciones se calculan en 51 millones, aunque este importe es muy orientativo ya que los peritos no han podido acceder a muchas naves de polígonos, que estaban cerradas por ser fin de semana.
En Alicante, los daños han sido menores, siendo Orihuela la zona en la que se han producido más siniestros, y en conjunto ha habido 900 viviendas afectadas, 230 comercios e industrias y 60 automóviles, con un coste de 1,2 millones.
El consorcio también asumirá los daños producidos por tornados muy localizados que han sido observados en Gandía y Xeraco, y que han afectado a instalaciones del recinto ferial, algunas naves industriales, establecimientos hoteleros, viviendas y automóviles, unos 300 siniestros en total con un coste de 10,5 millones.
En Andalucía Oriental, con daños cifrados en 45 millones de euros por un total de 5.455 siniestros, las provincias más afectadas han sido Málaga y Almería, y en mucha menor medida Granada. En Málaga destacan los municipios de Villanueva del Rosario y Villanueva del Trabuco, la comarca de Antequera y el Valle del Guadalhorce, en especial Álora, y los daños afectan a 700 viviendas, 105 comercios e industrias y 150 automóviles, por un importe aproximado de 15 millones.
En Almería han sufrido numerosos daños las zonas de Huércal-Overa, Vera, Cuevas de Almanzora y Pulpí, y las primeras estimaciones ascienden a 26 millones de euros, que corresponden a 3.400 viviendas, 200 comercios e industrias y 750 automóviles dañados.
En Granada se calcula en menos de un millón de euros los daños, por un centenar de viviendas, cuarenta comercios e industrias y diez automóviles.
En cuanto a la provincia de Murcia, la zona más dañada corresponde a Puerto Lumbreras, Lorca y Totana, y el consorcio cifra los daños en 15 millones de euros, que corresponden a 3.460 viviendas, 495 comercios e industrias y 405 automóviles. Los afectados pueden comunicar los daños a través de su entidad de seguros o directamente, bien por teléfono ( 902 222 665 ) o a través de internet.

Pérdidas agrícolas y ganaderas en Almería

INUNDACIONES UPA cifra en 33 millones las pérdidas agrícolas y ganaderas en Almería


Almería, 3 oct (EFE).- La Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos (UPA) ha cifrado en 33,2 millones de euros las pérdidas causadas por las lluvias torrenciales y las inundaciones en las explotaciones agrícolas y ganaderas de Almería, incluidos los daños sufridos en las infraestructuras de riego y caminos rurales.
En un comunicado, UPA ha informado de que los municipios almerienses con mayores pérdidas en el sector son Pulpí, Huercal Overa, Velez Rubio, Zurgena, Antas, Cuevas del Almanzora, Vera, Mojacar y Turre.
Los mayores daños, según la primera estimación de la organización agraria, han sido los registrados en el ámbito de las infraestructuras de riego y caminos, con unas pérdidas totales de 18 millones de euros.
Según UPA, se han visto afectados el 90 por ciento de las vías de comunicación de las explotaciones de la zona, en total unos 1.835 kilómetros.
Además, se ha perdido el 80 por ciento de las instalaciones de riego, tuberías principales y secundarias, ha apuntado la organización agraria y ganaderas.
Los daños en agricultura habrían ascendido a casi 13 millones de euros, especialmente en los cultivos hortícolas, con unas pérdidas de 9 millones de euros.
UPA ha detallado que han resultado totalmente dañadas 7.012 hectáreas de cultivo de lechuga; 450 de brócoli, y 202 de alcachofa.
La organización calcula otros 2,5 millones de euros de pérdidas en los cítricos, con la desaparición de 215 hectáreas de este tipo de cultivo ubicadas junto a ramblas o ríos, y daños de diferente consideración en otras 467.
UPA considera que el 50 por ciento de la cosecha de cítricos está perdida y alerta de que en las próximas semanas se puede perder "la totalidad de la cosecha 2012-2013 y la próxima" si no hay "riego de emergencia".
Las pérdidas en el cultivo de frutos secos ascenderían a 850.000 euros, debido a la pérdida de tierra agrícola y arbolado en 3.700 hectáreas, mientras que en olivar se han visto afectadas 168 hectáreas, con unos daños valorados en otros 500.000 euros.
El cálculo de pérdidas realizado por UPA en la ganadería almeriense asciende a 2,4 millones de euros, de los que 1,5 millones corresponden a ovino y caprino por la pérdida de animales por ahogamiento y de forrajes y paja, y la destrucción de vallados, cercados e infraestructuras como conducciones de agua y luz eléctrica.
Además, ha advertido de que existen problemas para realizar el ordeño y dar de beber a los animales.
Otros 904.000 euros de pérdidas corresponden al porcino, gran parte por el daño provocado en las infraestructuras de luz eléctrica y agua potable para animales, y la inundación de naves con piensos.
UPA ha resaltado que a estos 33,2 millones de pérdidas en el sector agrícola y ganadero almeriense "hay que sumar el coste de infraestructuras de titularidad pública".
La organización ha reclamado ayudas directas para la limpieza y replantación o reconstrucción de explotaciones, así como ayudas a la compra de alimentos para el ganado y la reducción a cero de los módulos del IRPF para la campaña 2012.
Asimismo, ha solicitado la aplicación de dos años de carencia en los préstamos de infraestructuras o instalación, tanto para los solicitados con anterioridad a las inundaciones como para los de nueva constitución para arreglos de explotación, así como de tres años de carencia para préstamos de entidades asociativas destinados a infraestructuras.
Por último, ha reivindicado la condonación de la seguridad social de los meses de octubre, noviembre y diciembre tanto de los afectados como de sus empleados. EFE