Ley 38/1999, de 5 de
noviembre, de Ordenación de la Edificación
PROYECTO
En base a la interpretación de la Ley de
Ordenación en la Edificación, se entiende como proyecto “el conjunto de documentos mediante los
cuales se definen y determinan las exigencias técnicas de las obras
contempladas en el artículo 2.
El proyecto habrá de justificar técnicamente las soluciones propuestas de
acuerdo con las especificaciones requeridas por la normativa técnica
aplicable.”
EL
PROYECTISTA
Artículo 10: “El proyectista es el agente que, por
encargo del promotor y con sujeción a la normativa técnica y urbanística correspondiente,
redacta el proyecto.“
Obligaciones del Proyectista: Punto b) “Redactar
el proyecto con sujeción a la normativa vigente y a lo que se haya establecido
en el contrato y entregarlo, con los visados que en su caso fueran
preceptivos.”
CONSTRUCTOR
Artículo 11: “El constructor es el agente que asume,
contractualmente ante el promotor, el compromiso de ejecutar con medios humanos
y materiales, propios o ajenos, las obras o parte de las mismas con sujeción al
proyecto y al contrato”
Son obligaciones del constructor: Apartado
2 Punto a) “Ejecutar la obra con sujeción al proyecto, a la legislación
aplicable y a las instrucciones del director de obra y del director de la
ejecución de la obra, a fin de alcanzar la calidad exigida en el proyecto. “
EL
DIRECTOR DE OBRA
Artículo nº 12: “El director de obra es el agente que,
formando parte de la dirección facultativa, dirige el desarrollo de la obra en
los aspectos técnicos, estéticos, urbanísticos y medioambientales, de
conformidad con el proyecto que la define, la licencia de edificación y demás
autorizaciones preceptivas y las condiciones del contrato, con el objeto de
asegurar su adecuación al fin propuesto.”
EL
DIRECTOR DE EJECUCIÓN DE LA OBRA
Artículo nº 13: “El director de la ejecución de la obra
es el agente que, formando parte de la dirección facultativa, asume la función
técnica de dirigir la ejecución material de la obra y de controlar cualitativa
y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado.”
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