El lucro cesante
es una forma de daño patrimonial que consiste en la pérdida de una
ganancia legítima o de una útilidad económica por parte de la víctima o
sus familiares como consecuencia del daño, y que ésta se habría
producido si el evento dañoso no se hubiera verificado. Es, por tanto,
lo que se ha dejado de ganar y que se habría ganado de no haber sucedido
un daño.
El
lucro cesante ocurre cuando hay una pérdida de una perspectiva cierta
de beneficio. Por ejemplo, el comerciante cuya mercancía ha sido
destruida puede reclamar el precio de la misma, así como el beneficio
que habría obtenido.
Para que se pueda conceder una indemnización por lucro cesante, la jurisprudencia exige dos requisitos:
-Que el lucro cesante exista y pueda ser probado, junto con su relación directa con el daño causado.
-Que pueda sr determinada económicamente la cuantía que se ha dejado de percibir.
Como consecuencia del corte de suministro eléctrico,
se dejaron inutilizadas las cámaras frigoríficas y de congelación que
tiene instaladas en la planta superior de la marisquería, para llevar
conservar en perfectas condiciones, tanto las existencias almacenadas,
para consumo inmediato, a medio plazo, y largo plazo.
Un factor determinante
a la hora de entender el tipo de producto almacenado en este tipo de
negocio “Marisquería”, es que es práctica habitual llevar a cabo la
compra de productos de temporada en meses en concreto, o con antelación a
su consumo para aprovechar precios ventajosos. Y de mayor calidad, ya
que compra el producto cuando es plena temporada y hay más cantidad.
-Comprobar y cuantificar la mercancia dañada.
-Estudio de costes fijos del establecimiento. Alquileres, personal, consumos, seguros, etc.
-Solicitar
balance de la facturación declarada por el establecimiento. (Depende
del tipo de negocio es más "complicado" doble contabilidad, efectivo,
etc.)
A la vista de las labores periciales desarrolladas, el perito que suscribe emite las siguientes conclusiones:
-Se ponen de
manifiesto unos daños en mercancías, que cuantificamos en un importe
promedio de 24.000 €. Siendo esta mercancía de almacenaje y consumo
previsto durante los días que la marisquería estuvo cerrada por el corte
de suministro eléctrico.
-Unos costes fijos soportados de 4.112,16 €.
-Una perdida de facturación bruta de 31.040,00 €
de este importe descontaremos un 40 % en concepto de
mercancía/producto/existencias, y el importe estimado de costes fijos
soportados 4.112,16 € resultando un importe neto facturado de 14.511,84 €
Facturación bruta * 60 % (Se le descuenta el 40 %) – Costes fijos de los 11 días = 14.511,84 €
31.040,00 € * 60 % = 18.624,00 € - 4.112,16 € = 14.511,84 €
-Se estima como importe de reclamación económica global: 38.511,84 €
Estimación de mercancía perdida 24.000 € + Importe neto facturado 14.511,84 €
24.000,00 € + 14.511,84 € = 38.511,84 €
Declaraciones, Fecha y Firma.
Teniendo
en cuenta las circunstancias concurrentes, expectativas y consecuencias
derivadas del presente Dictamen, que sometemos a cualquier otro mejor
fundado, bajo promesa de decir la verdad, habiendo actuado con la mayor
objetividad posible, tomando en consideración tanto lo que pueda
favorecer como lo que sea susceptible de causar perjuicio a cualquiera
de las partes, y conociendo las sanciones penales en las que podríamos
incurrir si incumpliéramos nuestro deber como perito, lo firmamos bajo
nuestro leal saber y entender.
No hay comentarios:
Publicar un comentario