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jueves, 26 de noviembre de 2015

Condenado un médico por no atender

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha que condenaba a un médico de urgencias por omisión del deber de socorro a un accidentado que se encontraba frente a la puerta del hospital donde estaba de guardia.
Este tipo de casos es muy habitual que nos consulten. Peritos Médicos.
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a un médico de urgencias que no atendió a un enfermo frente a la puerta del hospital donde estaba de guardia y le impone pagar una indemnización de 100.000 euros a la familia del paciente que falleció en la calle de una parada cardíaca.
La Sala de lo Penal desestima así el recurso de casación interpuesto por el facultativo y confirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha, adelantada por EXPANSIÓN, que también condenó al médico por un delito de omisión del deber de socorro al pago de una multa de 2.880 euros e in-habilitación especial para el ejercicio de su profesión durante seis meses. Fue una pericial dura.
Según los hechos probados, a la una de la madrugada del 12 de febrero de 2008, la víctima empezó a sentirse mal en su casa y decidió acercarse conduciendo su propio vehículo al hospital Virgen de Altagracia de Manzanares (Ciudad Real), acompañado de su esposa, que estaba en avanzado estado de gestación. Durante el trayecto, se desvaneció y perdió el conocimiento, colisionando con otro vehículo que estaba estacionado frente a la puerta principal del citado hospital. La Guardia Civil, y más tarde la Policía Local, se acercó al servicio de urgencias, solicitando asistencia médica, pero el médico se negó a salir del hospital, alegando que no podía abandonar el recinto para atender a nadie y que debían avisar al servicio de emergencias del 112. Los agentes le ofrecieron la posibilidad de llevarle en su vehículo oficial al lugar donde estaba el paciente, pero el condenado volvió a negarse, basándose en los mismos motivos, aunque llamó al 112, desde donde le sugirieron la conveniencia de salir del hospital para la valoración del paciente.
Una UVI móvil se trasladó a las 2:31 horas hasta la calle que está enfrente de la puerta principal del hospital, donde el médico de dicha Unidad atendió al paciente, que falleció sobre las 3:00 horas de una parada cardiaca.
La Sala de lo Penal rechaza los argumentos del médico que alegó en su recurso que no podía salir del hospital al estar de guardia, que tenía entre 15 y 18 pacientes en observación y que él no denegó la asistencia al paciente porque llamó al 112. También afirmó que cuando le avisaron, la víctima ya había fallecido y que, por tanto, no cabría indemnización por daños morales al no haber una relación de causalidad entre la asistencia omitida y el fatal desenlace. Sobre este extremo, la sentencia señala que “persiste la duda sobre si hubiera sido eficaz la asistencia sanitaria omitida”, lo que determina la adecuación de una indemnización.
La sentencia destaca que ante una persona desamparada y en peligro manifiesto, situación que fue notificada por los agentes de la Guardia Civil, el médico que atendía el servicio de urgencias se negó a salir del hospital sin que existieran riesgos propios o de tercero, pues meramente indicó que no podía salir del hospital, en alusión a su deber administrativo de permanecer en las dependencias del servicio de guardia.
El médico también basó su recurso en que no estaba obligado a prestar la asistencia requerida fuera del hospital, de acuerdo con el decreto que regula las funciones de los médicos de guardia. En este sentido, la sentencia indica que la obligación de prestar asistencia sanitaria a todos los pacientes que acudan al servicio de urgencias del hospital, con los medios disponibles a su alcance, colaborando con el resto de los servicios hospitalarios en la atención de la urgencia, “no permiten excluir a quien se encuentra a pie de hospital, frente a la puerta principal”.
En este caso la víctima, según la sentencia, se encontraba en la calzada, a pie del hospital, en la puerta principal y aunque es cierto que la puerta estaba cerrada, el servicio de urgencias contaba con celadores que podían trasladarlo y con un médico adjunto que podía supervisar el traslado o bien permanecer en las urgencias, mientras el condenado atendía el traslado.

miércoles, 2 de abril de 2014

Peritos Médicos. Gabinete Pericial

Estamos a su entera disposición, para la elaboración de cualquier tipo de informe pericial médico, en relación a una posible negligencia médica o mala praxis.

viernes, 14 de marzo de 2014

¿Cuando solicitar una segunda opinión médica?

En casos concretos, el paciente o los familiares del mismo, con muy buen criterio y sin despreciar la labor de ningún profesional, pueden querer solicitar la opinión objetiva de otro profesional "Coordinador Médico Experto", que en base a su experiencia y conocimientos les pueda aconsejar y recomendar. Desde la visión critica de nuestro sistema sanitario.

En cuantas ocasiones, por desgracia nos encontramos con patologias médicas y no sabemos a quien acudir, ni si estamos acudiendo al mejor sitio para tratar nuestra enfermedad o dolencia.


Personalmente, les puedo asegurar que siempre es bueno solicitar una segunda y hasta tercera opinión de un caso médico.

Este servicio que ofrece GP-GRUP, surgio a petición de nuestros clientes ya que desde hace muchos años realizamos PERICIALES MÉDICAS para demanadar NEGLIGENCIAS MÉDICAS y MALAS PRAXIS, que por desgracia se producen en este sector y en todos. 

Y pensamos, porque no utilizar nuestros conocimientos antes de que se produzca el DAÑO.

¿Necesita una SEGUNDA OPINIÓN médica?



En GP-GRUP, contamos con profesionales de primer nivel, en relación a poder emitir consejo médico y recomendaciones, de los casos que nos puedan llegar a exponer. 

Este tipo de servicio surgio a petición de nuestros clientes más cercanos, ya que son conocedores de los profesionales de integran nuestro equipo médico, de una calidad humana inmejorable.

Se entiende por segunda opinión médica, la emisión de un informe en el que conste el diagnóstico o la propuesta terapéutica de un paciente realizado por un profesional diferente del que emitió el primer diagnóstico o propuesta terapéutica.





 

lunes, 10 de marzo de 2014

¿Que tipo de peritajes médicos hay? Peritos Médicos

En la mayoria de casos, es recomendable la utilización de un perito médico director de la pericial, y realizar colaboraciones con diferentes especialistas para ampliar y complementar las conclusiones finales del informe.

Como siempre les recomendamos realizar un informe previo, antes de encargar un  pericial definitiva para ver si hay viabilidad o no. 

Deja tus comentarios. 

Si precisa presupuesto. www.gp-grup.com

martes, 25 de febrero de 2014

Contratar un perito médico. Informes médicos.

En algunas ocasiones, es necesario presentar informes médicos, para realizar reclamaciones o revisión de tramites administrativos.

La calidad de los informes periciales médicos es de vital importancia para aquellos que los solicitan, ya que de estos dependen en gran medida los objetivos deseados por el cliente. 

Nuestro equipo de peritos médicos realiza informes médicos de todo tipo de especialidades y disciplinas. Más información.





 

domingo, 9 de febrero de 2014

Peritos expertos. Especialidades médico-quirurguicas


Especialidades médico-quirúrgicas



Son las que habitualmente usan tanto técnicas invasivas (quirúrgicas) como no invasivas (farmacológicas, etc.).
 

Angiología y Cirugía Vascular
Obstetricia o Tocología
Dermatología Médico
Oftalmología
Estomatología
Otorrinolaringología
Ginecología
Urología
 

La calidad de nuestros  informes periciales médicos es de vital importancia para aquellos que los necesitan, ya que de estos dependen en gran medida los objetivos deseados por el cliente. Nuestros equipos especializados realizan todo tipo de informes médicos en solitario o en colaboración con otros peritos médicos, para dar la mayor cobertura al dictamen.



www.gp-grup.com