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martes, 10 de febrero de 2015

Podrian pasar más accidentes de los que pasan.... irresponsabilidad total en aforos

Ya hemos tenido noticias en los últimos años de excesos en los aforos de los locales que han causado conmoción en la sociedad española, véase el caso ‘Madrid Arena’. Y aunque es algo que no ocurre en toda ocasión es cierto que Nochevieja es una excusa para introducir dentro de los clubs una cifra superior al aforo permitido, siendo el gran olvidado de la noche, y provocando entre otras cosas filas interminables, momentos desagradables e incluso tragedias por el poco conocimiento de los beneficiarios del local.

Con el tiempo, este tipo de normativa se ha ido endureciendo, pero es necesario estar alerta ya que, ante situaciones externas como un incendio, es más complicado coordinar a los jóvenes si estos son más de los que debiera haber. ¿Quieres conocer algunas normas sobre los aforos y sanciones al respecto? Sigue leyendo:

Salidas de emergencia: Según el Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto por el que el que se aprueba el Reglamento General de Policía. Los locales han de disponer de una salida de emergencia con un cartel luminoso que encima lo indicara.

Empleados de seguridad: Según el Decreto 205/2001, de 24 de julio. Espectáculos públicos y actividades recreativas. Si el aforo es inferior a 150 personas, el local no requiere ningún vigilante de seguridad.

 fiesta

Exceso de aforo: En la Norma Básica de Edificación “NBE-CPI/96” se expone que en las zonas de uso público de los bares habrá un máximo de una persona por cada metro cuadrado.

En cuanto a las sanciones, la Ley 10/1990 sobre Policía del espectáculo recoge que las actividades recreativas y los establecimientos públicos serán sancionados con una falta muy grave: si el exceso de aforo permitido ya que comporta un riesgo en la seguridad de las personas. Luego habrá falta grave: si este exceso no comporta un riesgo para las personas. Ésta se penalizará con multas de hasta 6.000 euros y 6 meses de cierre provisional.

Así pues, lo que se intenta desde el Gobierno es que la noche empiece y acabe sin tener que lamentar víctimas y desde luego creando de los lugares de ocio un lugar seguro sin que el aforo sea uno de los grandes olvidados de las noches españolas.

jueves, 24 de julio de 2014

Todos los colegios de abogados se concentrarán en defensa de la Justicia Gratuita


Los decanos y juntas de de gobierno de los 83 Colegios de Abogados de España participarán este jueves en Madrid en una marcha conjunta en contra del Proyecto de Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, actualmente en trámite parlamentario.
Los participantes, que vestirán con toga, partirán de la sede de la Abogacía a las 11:30 de la mañana hasta el bulevar central dónde se situará una carpa. Allí, el presidente de la Consejo General de la Abogacía, Carlos Carnicer, leerá un manifiesto en defensa de la Justicia Gratuita que posteriormente firmarán todos los decanos.

Rueda de prensa de la Abogacía española contra el proyectoLos Colegios se oponen a este Proyecto de Ley porque consideran que menosprecia la labor de los abogados del turno de oficio porque no se garantiza el pago puntual, que hace más lenta la labor de los Colegios y de los abogados porque burocratiza el servicio, que no garantiza la financiación pública del servicio y que desconfía de los ciudadanos. Carnicer, en una carta abierta a todos los abogados para explicar su oposición y los motivos de la marcha, asegura que “el actual proyecto supone un retroceso respecto a la Ley de 1996 en lo que se refiere a los derechos de los ciudadanos”.

Los Colegios también denuncian la reducción de 42 millones de euros del presupuesto de la Asistencia Jurídica Gratuita, sobre todo a través de rebajar los baremos que cobran los abogados de oficio. Así, desde la abogacía afirman que en algunos casos estos baremos no se actualizan desde 2003, que en otros se han reducido hasta un 40% y que en casi todos se paga a los abogados a 2 euros la hora.
Carnicer asegura en su misiva que la Abogacía no va a bajar la guardia porque el proyecto de Ley “sospecha de los ciudadanos, sospecha de los abogados y sospecha de los Colegios. ¿Se puede hacer política desde la desconfianza y ausencia de diálogo serio?”. Además, el presidente del CGAE ofrece su colaboración con el Gobierno para “enderezar el proyecto y darle la calidad que merecen los ciudadanos, especialmente aquellos que se beneficiarán directamente por vivir en una situación mayor de desamparo”.
Además de la lectura del manifiesto, en la carpa habrá también una zona habilitada para que los ciudadanos puedan estampar su firma contra la Ley y para informarles de los perjuicios que esta norma implica para la sociedad y para los abogados.
La concentración también servirá para mostrar la oposición unánime de los colegios de abogados a la nueva Ley de Servicios y Colegios Profesionales, que podría empezar su recorrido en las cortes las próximas semanas. Entre otras medidas, el texto del anteproyecto Ley prevé la reducción de colegios al ámbito provincial y limitar la colegiación obligatoria sólo para aquellos abogados que intervengan en juzgados y tribunales. Según un informe encargado por el CGAE, está ley acarreará más de 4.000 mil despidos.

Solo la mitad de los abogados conoce qué es el pro bono

Pro bono legal
Tan solo un 57,5% de los abogados conoce el pro bono legal, la prestación voluntaria de asesoramiento jurídico en beneficio de comunidades necesitadas. El porcentaje casi coincide con aquellos abogados que realizan actividades de este tipo, el 41,8% del total. Dentro de este grupo, la gran mayoría de los mismos lo hacen dentro de bufetes, un 82%, mientras que un 18% lo realiza a título individual.




Así lo confirma un estudio pionero realizado por la Fundación Aranzadi Lex Nova (Thomson Reuters) en colaboración con profesores de marketing de la Universidad de Valladolid, que ha contado con una muestra cercana a los 500 letrados, encuestados con el objetivo de conocer la situación del pro bono legal en España.
A parte de la prestación voluntaria de asesoramiento jurídico gratuito en beneficio de comunidades necesitadas y las organizaciones que les asisten, el trabajo Pro Bono también incluye tareas de formación jurídica gratuita a estas entidades sociales y sus beneficiarios. Se trata de una actividad que no tiene regulación en nuestro país y se distingue del turno de oficio en que está orientado mayoritariamente a entidades sin ánimo de lucro y no a asesorar directamente a personas físicas.
Dentro de los bufetes, la principal razón para sumarse a esta corriente solidaria, según se desprende del estudio, es el compromiso de la profesión con la sociedad, seguido de la satisfacción personal y profesional. Además, los abogados encuestados pertenecientes a despachos han destacado como otras de las principales motivaciones el considerar que es una responsabilidad moral del bufete y el sentirse comprometidos con las causas con las que ayudan.
A diferencia de los abogados de bufetes, para aquellos que lo hacen a título individual, la principal razón que les impulsa a hacer Pro Bono en su tiempo libre es la satisfacción personal, seguida del compromiso con las causas en las que ayuda y la consideración de que es una responsabilidad de la profesión con la sociedad.
El estudio también ha analizado el grado de conocimiento de pro nono dentro de las ONG, de las que solamente el 28,1% indica saber previamente en qué consiste, mientras que el 71,9% señala que no lo conocía.
Con estos datos, la Fundación Aranzadi Lex Nova se reafirma en su convencimiento de la necesidad de promover el Pro Bono legal en España. Por eso, ha lanzado su programa “Conexión Pro Bono”, en el que recoge diversas iniciativas para la promoción y el desarrollo de esta corriente, así como para facilitar el acceso a abogados y a ONG a esta práctica.

miércoles, 23 de julio de 2014

700 euros por defender de oficio a los acusados de Terra Mítica


Presuntamente, desde Terra Míticia se pagaron entre 2000 y 2001 cuatro millones de euors mediante  facturas falsas casi cuatro millonesEl decano del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia (ICAV), Mariano Duran, ha exigido a la Conselleria que retribuya mejor el trabajo de los abogados del Turno de Oficio cuando asuman macrojuicios. Actualmente, la remuneración por juicios de “especial complejidad” es de 700 euros para todo el proceso, pero desde el ICAV afirman que en algunos casos esta cantidad no cubre los costes ni las horas de trabajo de los abogados, y por eso solicita que se establezca una remuneración mayor para casos extraordinarimante voluminosos.

Así, Duran ha denunciado que los abogados que han asumido la defensa de los imputados en el caso Terra Míticia o de los imputados en el caso de corrupción de Paterna -con 566 imputados y 25 tomos de proceso- sólo van a cobrar 700 euros por toda la causa. “Es indignante y un insulto a la dignidad de la profesión que se pague a 700 euros todo el trabajo: sólo en copias en y horas de estudio es evidente que la retribución es indigna”, concluye.

Hay 37 personas acusadas en el caso Terra Mítica dónde se investiga el presunto pago de cuatro millones de euros a diversas empresas por servicios inexistentes

Por eso el decano exige a la Conselleria que equipare la retribución de todos los casos que por volumen, número de tomos, horas de trabajo y personas imputadas requieran mayor dedicación y gastos, a la retribución que se ha pactado con el Colegio para los abogados del caso Emarsa, de 3.500 euros.

Así mismo, Duran ha pedido a la Conselleria que reclame al Ministerio de Justicia el dinero de las tasas judiciales recaptadas en Valencia para poder retribuir correctamente a los abogados del turno de oficio o que devuelva las competencias de Justicia si la Comunidad Valenciana está mal financiada.

viernes, 18 de julio de 2014

El TS fija doctrina sobre el derecho a la retribución pactada por la mediación en la venta de un piso

Fecha: 17/07/2014 [14:00] h.
 
La Sala Primera del Tribunal Supremo, ha dictado una sentencia de fecha 21 de mayo (recurso número 972/2012 y ponente señor Orduña Moreno), y fija doctrina jurisprudencial.
En el litigio de autos, la parte actora ejercitó demanda en reclamación del importe de la comisión pactada por la mediación en la venta del piso propiedad de la demandada.
El Juzgado estimó la demanda pero la Audiencia Provincial revocó su sentencia y absolvió a la demandada al considerar que, como la compraventa finalmente realizada no lo fue en los términos del encargo efectuado al agente, aunque se concertase entre las partes puestas inicialmente en contacto por él, no se devengaba el derecho al cobro de la comisión.
El Tribunal Supremo declara haber lugar al recurso de casación interpuesto por la demandante, casa la sentencia recurrida y confirma la del Juzgado.
La cuestión de fondo planteada en el caso consiste en determinar si el derecho a la retribución pactada por la mediación en la venta de un piso queda excluido cuando, concertada entre las partes puestas en contacto por el agente de la propiedad inmobiliaria, no obstante, se llevó a cabo al margen del mismo y por un precio inferior al referido en el encargo realizado.
La Sala considera que, aplicando la doctrina jurisprudencial sobre el contrato de mediación al caso enjuiciado, debe reconocerse al mediador el derecho de retribución pactado. En primer término, y con relación al cumplimiento del encargo, señala que, con independencia de la exclusividad o no del mismo, el resultado que lo definía obligatoriamente, esto es, la venta del piso como "éxito o buen fin de la mediación", fue logrado gracias a la gestión determinante llevada a cabo por el mediador que no sólo contactó con el futuro adquirente, sino que enseñó varias veces el inmueble configurando el marco negocial que posibilitó la finalidad transmisiva querida por el oferente que, sin lugar a dudas, se aprovechó de su actividad mediadora para celebrar dicha venta. En segundo término, y en relación a la determinación de la retribución, señala el imperio de la autonomía negocial y, en consecuencia, de lo acordado por las partes, que no sujetaron la retribución de la mediación a la variabilidad de un porcentaje del precio de venta del inmueble, sino a un precio fijo ya determinado, sin que dicho precio resultase claramente desproporcionado conforme a los usos y costumbres negociales del sector.
Tras ello, el Tribunal fija como doctrina jurisprudencial que el mediador encargado de la venta de una vivienda tiene derecho a la retribución íntegra de la comisión pactada cuando su gestión resulta decisiva o determinante para el "buen fin" o "éxito" del encargo realizado, con independencia de que la venta se lleve a cabo sin su conocimiento y del precio final que resulte de la misma.

lunes, 12 de mayo de 2014

El ICAB denuncia que los ciudadanos paguen la resintonización de la TDT

Otro claro ejemplo de abuso de poder y falta de sensibilidad ciudadana...

ICAB TDT"La ‘Plataforma Ciudadana contra el Fraude en las Telecomunicaciones ‘ se presentó este lunes en la sede del Colegio de Abogados de Barcelona ( Mallorca 283). El acto, presidido por el decano de los abogados de Barcelona, Oriol Rusca, contó con la participación del director de ‘La Plataforma Ciudadana contra el Fraude en las Telecomunicaciones’, Francisco Garrobo y del abogado que coordina todas las acciones jurídicas de esta nueva plataforma, Josep Jover.
Garrobo explicó que “la Plataforma ha nacido precisamente el 6 de mayo de 2014 , a raíz de la “muerte”de los canales de TV Xplora, Nitro, la Sexta3 , Nueve, La Siete y los antiguos canales donde emitían AXN, Marca TV, Intereconomía TV y MTV España porque este hecho supone un ataque a los ciudadanos en el acceso a la información gratuita”.
Por este motivo, el director de la ‘Plataforma ciudadana contra el Fraude en las Telecomunicaciones’ aseguró que “el Gobierno debería indemnizar a los ciudadanos de manera proporcional al número de canales y multiplex que han desaparecido, pero también porque como consecuencia de un error del Gobierno todos los ciudadanos que usen una antena colectiva deberán volver a sintonizar la TDT antes de finalizar el año para poder ver muchos canales de televisión como TV3, canal 33, 324, Tele 5, La Sexta, TVE entre otros”. Esta situación afectará a la visualización de estas cadenas en Barcelona, ​​pero no a los canales locales dado que estos emiten con frecuencias más bajas.
Ante esta situación, el decano del Colegio de Abogados de Barcelona, Oriol Rusca, argumentó que “debido a las tasas judiciales muchos ciudadanos o incluso comunidades de vecinos a título personal e individual no podrán reclamar sus derechos ante el Administración para reclamar sus derechos”. Por este motivo, lamentó que “una vez más el Gobierno establece medidas que van en contra de los intereses de las personas, y ha puesto como ejemplo la normativa que establece la posibilidad de que se expropien azoteas comunitarios para instalar antenas de telefonía móvil”. Rusca también agradeció la confianza para hacer la presentación de esta nueva iniciativa en la sede del Colegio de Abogados de Barcelona y deseó “éxito” a La Plataforma Ciudadana contra el Fraude en las Telecomunicaciones.
Por su parte, el abogado Josep Jover explicó que pese a la Unión Europea ha establecido que se deben dejar libres los canales del 60 al 69 ( UHF ) para la tecnología 4G , la realidad es que el Gobierno español ha vendido ya los canales del 50 al 61 (UHF), de manera que con las ganancias percibidas por el dividendo digital alcanzado en la subasta a las operadoras móviles el Gobierno español podría asumir el coste de volver a resintonizar la TDT, que se estima en unos 100 euros mínimo por vivienda."

miércoles, 17 de abril de 2013

Perito Judicial Experto. Peritos Judiciales en España

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Nuestros peritajes van dirigidos a empresas privadas, compañías aseguradoras, entidades bancarias y organismos oficiales.


Nuestra actividad en el ámbito del peritaje se inicia en Barcelona en el año 1.996 y desde entonces hemos venido consolidando nuestra posición de liderazgo, trabajando con la clara idea de unificar criterios en el desarrollo de nuestros servicios periciales.


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