miércoles, 14 de mayo de 2014

La figura del perito calígrafo judicial, de profesión relativamente desconocida a oficio mediático gracias al caso Bárcenas

La figura del perito calígrafo judicial ha pasado desapercibida durante mucho tiempo, sin embargo casos como el del ex tesorero del PP, Luis Bárcenas, la han situado en la primera línea de la actualidad y le han dado cierto protagonismo en los últimos tiempos. Pero ¿en qué consiste la profesión de perito calígrafo y cuáles son sus funciones? En GP-Grup tratamos de dar respuesta a estas preguntas para arrojar luz sobre una figura que puede resultar clave en casos de falsificaciones o estafas, entre otros.

Los peritos calígrafos provienen de diferentes carreras (pueden ser abogados, juristas, criminólogos, profesores…) y suelen haber accedido a una formación de posgrado (ya sea un curso de postgrado o un máster) para especializarse en esta disciplina. Deben acreditar también, no sólo que cuentan con la formación suficiente, sino que además, poseen experiencia contrastada.


A partir de aquí, su trabajo consistirá en la elaboración de informes periciales y en actuar ante los tribunales de justicia  para la detección y determinación de falsificaciones documentales de todo tipo, anónimos que se puedan recibir en papel, delitos que utilicen textos manuscritos (en esta categoría deberían incluirse los famosos papeles del caso Bárcenas) o cualquier otro aspecto que se pueda detectar a través de la escritura.

En definitiva, sus funciones consisten en determinar la autenticidad de papeles, textos manuscritos y/o firmados, rúbricas, etc. a través del cotejo de los grafismos (mediante pruebas de escritura comparativas y otras técnicas) pero sin entrar en valoraciones psicológicas, ya que esta tarea correspondería a la figura del grafólogo, que es quien se encarga de determinar el carácter de una persona mediante su escritura.

GP-Grup, es una empresa especializada en la tramitación, gestión y elaboración de todo tipo de informes periciales y cuenta en su equipo con expertos en caligrafía que realizan peritajes caligráficos de todo tipo (firmas, peritajes de vises o peritajes de copias de documentos, entre otros).

lunes, 12 de mayo de 2014

El ICAB denuncia que los ciudadanos paguen la resintonización de la TDT

Otro claro ejemplo de abuso de poder y falta de sensibilidad ciudadana...

ICAB TDT"La ‘Plataforma Ciudadana contra el Fraude en las Telecomunicaciones ‘ se presentó este lunes en la sede del Colegio de Abogados de Barcelona ( Mallorca 283). El acto, presidido por el decano de los abogados de Barcelona, Oriol Rusca, contó con la participación del director de ‘La Plataforma Ciudadana contra el Fraude en las Telecomunicaciones’, Francisco Garrobo y del abogado que coordina todas las acciones jurídicas de esta nueva plataforma, Josep Jover.
Garrobo explicó que “la Plataforma ha nacido precisamente el 6 de mayo de 2014 , a raíz de la “muerte”de los canales de TV Xplora, Nitro, la Sexta3 , Nueve, La Siete y los antiguos canales donde emitían AXN, Marca TV, Intereconomía TV y MTV España porque este hecho supone un ataque a los ciudadanos en el acceso a la información gratuita”.
Por este motivo, el director de la ‘Plataforma ciudadana contra el Fraude en las Telecomunicaciones’ aseguró que “el Gobierno debería indemnizar a los ciudadanos de manera proporcional al número de canales y multiplex que han desaparecido, pero también porque como consecuencia de un error del Gobierno todos los ciudadanos que usen una antena colectiva deberán volver a sintonizar la TDT antes de finalizar el año para poder ver muchos canales de televisión como TV3, canal 33, 324, Tele 5, La Sexta, TVE entre otros”. Esta situación afectará a la visualización de estas cadenas en Barcelona, ​​pero no a los canales locales dado que estos emiten con frecuencias más bajas.
Ante esta situación, el decano del Colegio de Abogados de Barcelona, Oriol Rusca, argumentó que “debido a las tasas judiciales muchos ciudadanos o incluso comunidades de vecinos a título personal e individual no podrán reclamar sus derechos ante el Administración para reclamar sus derechos”. Por este motivo, lamentó que “una vez más el Gobierno establece medidas que van en contra de los intereses de las personas, y ha puesto como ejemplo la normativa que establece la posibilidad de que se expropien azoteas comunitarios para instalar antenas de telefonía móvil”. Rusca también agradeció la confianza para hacer la presentación de esta nueva iniciativa en la sede del Colegio de Abogados de Barcelona y deseó “éxito” a La Plataforma Ciudadana contra el Fraude en las Telecomunicaciones.
Por su parte, el abogado Josep Jover explicó que pese a la Unión Europea ha establecido que se deben dejar libres los canales del 60 al 69 ( UHF ) para la tecnología 4G , la realidad es que el Gobierno español ha vendido ya los canales del 50 al 61 (UHF), de manera que con las ganancias percibidas por el dividendo digital alcanzado en la subasta a las operadoras móviles el Gobierno español podría asumir el coste de volver a resintonizar la TDT, que se estima en unos 100 euros mínimo por vivienda."

domingo, 11 de mayo de 2014

¿Limitan a las personas los honorarios profesionales?

Lamentablemente los gastos que debe de soportar un cliente para poder demandar o contestar una demanda son elevados. Es por esa razón que mucha gente prefiere no denunciar por no poder sufragar estos importes o por que al final será "lo comido por lo servido".

En la actualidad cualquier reclamación que no supere los 3.000 €, no se acostumbra a tramitar a no ser que se vea el procedimiento con claridad meridiana y se pueda optar a que se condene a costas a la otra parte.

Siempre es recomendable solicitar un estudio de viabilidad previo, y contar con el consejo legal adecuado y honesto para no embarcarse en "guerras perdidas" 

Deja tu comentario o consulta.

miércoles, 23 de abril de 2014

Cómo funcionan o deberian funicionar las subastas judiciales de bienes inmuebles

Cómo participar en la subasta

Si tenemos interés en participar en subastas judiciales de bienes inmuebles deberemos de tener en cuenta básicamente los artículos 670 y 671 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que regulan la aprobación del remate, el pago y la adjudicación de los bienes al acreedor, así como el funcionamiento de la subasta sin ningún postor. 
Si decidimos participar en la subasta (ya sea personalmente el día de la subasta o mediante sobre cerrado), primero deberemos averiguar cierta información acerca del inmueble en cuestión (Registro de la Propiedad, localización, ocupación, información urbanística…) para ver si realmente nos interesa adquirirlo. Posteriormente, efectuamos el depósito del 20% del tipo de la subasta fijado para el bien.

*Si teneis duda deja tu comentario y te contestaremos.

Valor de adjudicación en caso de subasta judicial

Tras la reforma de la Ley 37/2011, se ha añadido la Disposición Adicional 6ª a la Ley de Enjuiciamiento Civil, la cual establece una serie de valores de adjudicación en caso que el inmueble subastado sea diferente a la vivienda habitual del deudor.


*Como siempre te invitamos a dejar tus comentarios.... ;-)

Estafas y/o malos entendidos con las compañias telefónicas

Mirar este video de un consumidor afectado por los detalles de contratación de VODAFONE....


*Si tienes expericiencias parecidas, deja tus comentarios, para reirnos un rato... ;-)

¿por qué no se modifica el artículo 670.4 de la lec? FRAUDE DE LEY

Es curioso todos los detalles que se nos pasan por delante. Hecha la Ley hecha la trampa. Muchas veces nos quedamos maravillados de lo habilidosos que son los bancos en sortear detalles... Subastas de banco... mafiosos.


"los juzgados quieren atajar este truco legal
la pregunta que se hacen muchos expertos es por qué si se sabe que el banco va acompañado de su filial inmobiliaria los funcionarios del juzgado no intervienen. andrés domínguez luelmo, catedrático de derecho civil de la universidad de valladolid, asegura que algunos secretarios judiciales están impidiendo la adjudicación por el 50% del valor de la vivienda habitual, es decir, están rechazando la adjudicación de la vivienda por entender que el banco y su sociedad patrimonial son la misma persona, lo que supone un fraude de ley"

subastas, subastar, adjudicar, remate, 50 %, 70 %,  es igual cada uno a lo suyo.

*Deja tus comentarios y nos reimos un rato ;-)