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sábado, 21 de marzo de 2015

¿Como tasar una finca?

En este artículo vamos a explicar brevemente como tasar / valorar una finca, con la finalidad de obtener un valor de mercado a título informativo.

Como metologia de trabajo, podriamos adoptar la siguiente:

-Inspección visual de la finca.
-Realizar un reportaje fotográfico de la finca.
-Levantamiento de un croquis in situ para obtener la superficie comprobada.
-Revisar y reflejar características constructivas, tipo de acabados, instalaciones, etc.
-Estudio de mercado de fincas a la venta de similares características en la zona.

Toma de datos:

-Como ya hemos comentado, reportaje fotográfico.
-Revisión de la documentación registral aportada (escrituras / nota simples)
-Realización de un estudio de mercado mediante observación de fincas a la venta en los alrededores.
-Estudio de mercado mediante bases de datos y publicaciones del sector inmobiliario.
-Estudio de mercado mediante bases de datos internas.

Como criterios de valoración, existen muchos y varian en función de la finalidad y tipo de bien, pero como norma general, para casas, locales, plazas de aparcamiento, etc.podriamos aplicar lo siguientes:

VALOR DE MERCADO
La finalidad del presente informe de tasación ha sido la determinación del Valor de Mercado de la propiedad motivo de estudio. El valor de mercado se define como el importe de la transacción a la fecha de la valoración, entre un comprador y un vendedor genéricos e independientes entre sí, que desean llevarla a término después de un adecuado plazo de exposición del activo al mercado; actuando ambos con un razonable conocimiento de todos los hechos relevantes que afectan al activo y al mercado, y sin presión alguna, ya sea externa o derivada de circunstancias particulares.  Aplicando Principio de Prudencia, y homogeneizando en relación a la situación de mercado actual.

VALOR DE TASACIÓN
Es el valor que la O.M.ECO/805/2003 establece como tal para cada tipo de inmueble o derecho a valorar.

MÉTODO DE COMPARACIÓN
Estudio de mercado siguiendo el método de comparación de propiedades similares a la finca objeto analizando la oferta existente para llegar a conclusiones sobre el valor que tendría el activo en una transacción de la zona, según la definición de Valor de Mercado y aplicando las premisas de valor correspondientes. Aplicando Principio de Prudencia, y homogeneizando en relación a la situación de mercado actual.

jueves, 9 de octubre de 2014

¿Como saber si alguien tiene EBOLA?

Siempre va bien saber detectar, si alguien de nuestro entorno cercano tiene puede estar desarrollando la enfermedad. No hay que tener miedo, pero si ser conocedores de la máxima información en relación a la enfermedad EBOLA.
 
El diagnóstico definitivo del virus Ébola solo puede obtenerse mediante pruebas de laboratorio en la orina y en la saliva. Los exámenes más comunes, según explica la OMS, son pruebas de inmunoadsorción enzimática (ELISA), detección de antígenos, seroneutralización, reacción en cadena de polimerasa con transcriptasa inversa y aislamiento del virus mediante cultivo celular.
Las muestras de los pacientes infectados tienen un enorme peligro biológico y han de tomarse en condiciones de máxima protección.


En nuestro pais contamos con profesionales de primer nivel, en la mayoria de especialidades médicas. En la actualidad se están adoptando las medidas necesarias para contener la enfermedad ÉBOLA.

¿Como se puede contagiar el EBOLA?

El virus del Ébola se contagia entre humanos por el contacto directo con la sangre u otros líquidos o secreciones corporales (saliva, semen, orina, heces...) de una persona infectada y que presente ya síntomas de la enfermedad o de personas muertas infectadas.


 Peritos médicos GP-GRUP


También puede producirse el contagio del ébola por exposición a objetos que hayan sido contaminados con secreciones infectadas como prendas de vestir o ropa de cama sucias o agujas usadas, según informa la OMS. El virus del Ébola no se transmite ni por el agua, ni por el aire, según el Ministerio de Sanidad.

También se puede contraer la enfermedad a través del contacto directo con sangre u otros fluidos corporales de animales salvajes como monos, antílopes selváticos y murciélagos, vivos o muertos y por el consumo de su carne mal cocinada.
Aunque los monos han sido una fuente de infección para las personas, se considera que los murciélagos de la fruta de la familia Pteropodidae son los huéspedes naturales del virus.
Sin embargo, este extremo no está confirmado, por lo que, al desconocerse el origen natural del virus, no se ha podido determinar aún cómo apareció el ébola por primera vez en un ser humano.

¿Que es el EBOLA, cuales son las vias de transmisión y porqué es tan mortifero?




El Ebola, es un virus que se transmite por contacto directo y de mortalidad muy elevada. Causa fiebres hermorragicas para las que no hay vacuna ni tratamiento curativo.

Imagen del virus del ébola, ampliado 108.000 veces.

El virus altera un tipo de células llamadas "endoteliales" que recubren la superficie interior de los vasos sanguíneos y la coagulación. Al dañar los vasos sanguíneos las plaquetas no son capaces de coagular, y los pacientes sucumben a un shock hemorrágico que deriva en una pérdida muy grave de sangre.


¿Qué es el ébola?


El ébola es una enfermedad infecciosa viral aguda que produce fiebre hemorrágica en humanos y primates (monos, gorilas y chimpancés) y cuya tasa de mortalidad puede llegar al 90%.

El virus del Ébola, uno de los más mortíferos que existen, se detectó por vez primera en 1976 en dos brotes simultáneos ocurridos en Nzara (Sudán) y Yambuku (República Democrática del Congo, entonces Zaire). La aldea en que se produjo el segundo de ellos está situada cerca del río Ébola, y de ahí toma su nombre.

miércoles, 17 de septiembre de 2014

Cómo presentar una reclamación en siete pasos

El usuario debe disponer del justificante de compra o el contrato del servicio. Con él puede dirigirse a la empresa o establecimiento y seguir el procedimiento que este tenga establecido para atender consultas y reclamaciones. A menudo, las empresas facilitan un número de teléfono, un fax o una dirección de correo electrónico. 

Aunque lo más cómodo es reclamar por vía telefónica, es preferible hacerlo por correo electrónico, por medio de algún sistema de reclamaciones que haya en la página web de la empresa o a través de su dirección postal, para que quede constancia escrita del inicio del proceso. La mejor opción es dirigir a la empresa la reclamación por escrito mediante un telegrama o un burofax. 

El burofax es un sistema de comunicación que da fe del contenido del escrito, ya que en la oficina de correos sellan la fotocopia que hay que llevar y, además, queda constancia de su recepción por parte del destinatario. 

Conviene constatar que siempre es preferible intentar llegar a un acuerdo amistoso con la empresa que proporcionó el bien o servicio. 

La documentación que debe aportar el reclamante:
  • La Hoja de Reclamación. Si tras comunicar de manera verbal a la empresa su desacuerdo el consumidor considera que el problema no se ha solucionado, puede solicitar que se le entregue una hoja de reclamaciones. Los establecimientos están obligados a facilitar un ejemplar, que consiste en un juego de tres impresos autocopiativos, integrado por una hoja de color blanco, otra rosa y una tercera de color verde. Antes de la entrega al consumidor, en la hoja de reclamaciones tienen que figurar todos los datos correspondientes a la identificación de la empresa reclamada. El reclamante debe cumplimentar el impreso con sus datos personales y hacer una descripción breve de los hechos que motivan la reclamación, e indicar la fecha en que ocurrieron.
    Se deben indicar las pretensiones de la reclamación (con una cuantificación económica de la misma) y si se desea que se resuelva a través del Sistema Arbitral de Consumo.
    Tras rellenar la hoja de reclamaciones, la página de color rosa es para la empresa reclamada. El consumidor debe encargarse de remitir la hoja blanca a una Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC). La hoja verde se la queda el reclamante.
  • El consumidor puede añadir a su reclamación todas las pruebas o documentos (presupuestos, resguardos, facturas, tiques, contratos, ofertas comerciales, garantía de compra, etc.) que considere necesarios para una mejor valoración de los hechos. En una reclamación sobre el precio, es imprescindible aportar la factura del producto o servicio. Se recomienda adjuntar copias de estos documentos y guardar los originales.

El consumidor puede presentar su reclamación ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC):
  • Presencialmente. Se puede acudir a la OMIC, aunque también podrá presentarse en el Registro del Ayuntamiento del municipio, en los Registros de la Administración General del Estado, de las comunidades autónomas y en todas las oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes.
  • Por correo. Puede enviarse un escrito firmado a la OMIC del municipio en cuestión. La red de Oficinas Municipales de Información al Consumidor de toda España puede consultarse en la página web del Instituto Nacional del Consumo (INC), dependiente del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, en la dirección http://aplicaciones.consumo-inc.es/cidoc/Consultas/dirMapas.aspx?tabla=omic

Cómo se tramita:
  • La OMIC traslada la reclamación a la empresa para intentar que se llegue a un acuerdo y se satisfagan las pretensiones del consumidor. Esta mediación es un acuerdo entre las partes y, a diferencia del arbitraje, no es ejecutiva.
  • En el caso de que la empresa no responda, o su respuesta no convenza al consumidor, la OMIC anima a que el conflicto se someta a arbitraje de consumo, si el reclamante presenta la correspondiente solicitud.
  • Si la OMIC observa indicios de que la empresa incumple alguna normativa de consumo, puede ordenar una inspección y, si corresponde, imponerle una sanción.

Si no se llega a un acuerdo con la empresa. Cuando la empresa reclamada no contesta a la reclamación o la respuesta no satisface al usuario, este puede acudir a las Juntas Arbitrales de Consumo: 

El Sistema Arbitral de Consumo es el órgano que las Administraciones Públicas ponen a disposición de los ciudadanos para resolver las reclamaciones que surgen en las relaciones de consumo. Es el sistema extrajudicial de resolución de conflictos entre los consumidores y usuarios y los empresarios o profesionales, con independencia de su cuantía. A través de él, sin formalidades especiales y con carácter vinculante y ejecutivo para ambas partes, se resuelven las reclamaciones de los consumidores y usuarios.
No obstante, no podrán ser objeto de arbitraje de consumo:
  • Los asuntos sobre los que haya resolución judicial firme y definitiva.
  • Las cuestiones en las que las partes no tengan poder de disposición.
  • Tampoco será posible el Arbitraje de Consumo en las materias en las que, según la legislación vigente, deba intervenir el Ministerio Fiscal.
  • La responsabilidad civil por daños y perjuicios directamente derivada de intoxicación, lesión, muerte o de hechos en los que haya indicios racionales de delito penal. A través del sistema arbitral de consumo, las partes, voluntariamente, encomiendan a un órgano arbitral, que actúa con imparcialidad, independencia y confidencialidad, la decisión sobre el conflicto surgido entre ellas. La resolución adoptada en el arbitraje (llamada laudo) es de carácter vinculante y ejecutivo para ambas partes, y tiene la misma eficacia que una sentencia. Es un procedimiento rápido y gratuito.
Los plazos de tramitación. Ante un problema derivado de una relación de consumo, conviene informarse de los plazos para poder reclamar. Estos varían en función del ámbito en que se haya planteado el conflicto. Además, una reclamación extemporánea (fuera de plazo) hace perder los derechos que, en plazo, podrían haberse ejercido.
En materia de vivienda hay hasta tres plazos distintos (10 años, tres o uno), según el tipo de daños. En cuanto a las compañías de telefonía, una vez que la empresa recibe la reclamación, se aconseja remitir la queja en el plazo máximo de un mes. 

Las reclamaciones por vía judicial. Cuando en un conflicto de consumo el usuario no logra alcanzar un acuerdo con la empresa o esta no acepta someterse al Sistema Arbitral de Consumo, solo queda la opción de presentar una demanda ante los tribunales. En estos casos, lo más aconsejable es recurrir a un abogado o acudir a una asociación de consumidores y usuarios, que estudiarán el caso para analizar si puede prosperar por la vía judicial. El consumidor puede formalizar su reclamación en vía judicial y obtener la resolución de un juez para solucionar el conflicto. Si la reclamación es inferior a 900 euros, el consumidor puede demandar a la empresa sin necesidad de abogado ni de procurador. Deberá, en cualquier caso, fundamentar adecuadamente su pretensión y acompañarla de toda la documentación posible.
De todas maneras, para evitar llegar a esta situación, conviene acudir a establecimientos que cumplen la exigencia de informar de forma adecuada al consumidor y preferir los que exhiben el distintivo del Sistema Arbitral de Consumo.

sábado, 7 de septiembre de 2013

Como tasar una casa, un piso, un local, etc.

Como tasar una casa, un piso, un local, etc.

Hay diferentes opciones a la hora de conocer el valor de su propiedad. Realmente el que mejor conoce el valor de una finca es su propietario, ya que esta en constante contacto con el mercado local, su entorno, otros propietarios de fincas similares, etc.
Si precisa una opinión de un tasador experto, para un divorcio, separación, herencia, impuestos, etc.. o cualquier otra finalidad acuda a un Arquitecto o Ingeniero.

Valoraciones online:  No recomendamos su uso, ya que es una herramienta de poca o ningunas precisión, ya que no se tienen en cuenta muchas variables a la hora de emitir un valor de mercado. Y sin ningún tipo de validez.

En la actualidad  y fruto de las nuevas tecnologías, aplicaciones web, empresas de tasación etc, se han creado muchas, que se basan en tasaciones realizadas por código postal y parámetros. Con la simple idea de vender un producto económico.



miércoles, 4 de septiembre de 2013

Como tasar mi casa, valorar mi piso, tasaciones inmobiliarias. Etc.

Como tasar mi casa, valorar mi piso, tasaciones inmobiliarias. Etc.

Lo primero que tenemos que tener en cuenta, es que para establecer el valor de una finca debemos de contratar a un profesinal homologado para tal fin:

-Los técnicos homologados para tasar para garantia hipotecaria, en base a legislación vigente, O.M. ECO/805/2003 son Arquitectos, Arquitectos Técnicos e Ingenieros, estos últimos en según que finca industrial.

-Los API, cursos CEAC, etc, lo hacen de forma informativa.

Nuestra recomendación es que contrate a un técnico homologado, si es para un tema de garantias para hacienda, seguridad social, divorcio, herencia, etc.. No es necesario que sea una sociedad de tasación, estas empresas usan técnicos externos que son los que hacen la tasación.


Tasación piso:           140 € + IVA
Tasación casa:          190 € + IVA
Solar:                          250 € + IVA  (depende del tamaño y edificabilidad)
Nave Industrial:          250 € + IVA

Por estos precios de mercado, deberia de obtener un informe de calidad, realizado por un perito tasador profesional Arquitecto, Arquitecto Técnico etc.