viernes, 26 de octubre de 2012

Gabinete pericial: Como reclamar al seguro?

CÓMO RECLAMAR.En el caso de que, producido el siniestro, la compañía se negase cumplir con sus obligaciones contractuales, el propio asegurado deberá afrontar inicialmente las reparaciones que sean precisas. A fin de poder reclamar al asegurador el reintegro de los gastos efectuados, habrá que solicitar y conservar facturas de todos los servicios solicitados, y prueba de los daños y demás perjuicios sufridos. Conviene que los técnicos o profesionales en peritaje evalúen los daños y estén prevenidos de que podrán ser llamados a testificar sobre la realidad de esos daños en el juicio que pueda iniciarse a continuación.

Aparte de la primera comunicación a la compañía, normalmente verbal, si ésta empieza a dar largas o llanamente se niega a cubrir el siniestro, convendrá requerirla por escrito para que cumpla con sus obligaciones. Debe conservarse prueba de que se presentó este requerimiento, para lo que bastará con presentar un escrito por duplicado en su oficina, para que un ejemplar quede presentado y el otro nos lo sellen con la fecha de entrada.
Si aún así la compañía no cumple, no quedará más remedio que demandarla judicialmente. Existe una opción alternativa: presentar una reclamación ante el defensor del asegurado de la propia compañía y, si éste no resuelve favorablemente, acudir al Comisionado para la Defensa del Asegurado y del Partícipe en Planes de Pensiones, que sustituye en esta función a la Dirección General de Seguros.

Una relativa ventaja que tiene el acudir a la reclamación judicial es que la compañía deberá pagar unos intereses elevados en el caso de que los tribunales nos den la razón: si en el plazo de 40 días desde que se le notifica el siniestro no abona el importe mínimo de lo que pueda deber, o no cumple con su obligación en tres meses desde la fecha del siniestro, deberá pagar el interés legal del dinero incrementado en un 50%; y si transcurren dos años sin que cumpla, el interés será como mínimo del 20%. Además, deberá pagar las costas de nuestro abogado y procurador, siempre que se estime íntegramente nuestra petición.

Peritajes: No estoy de acuerdo con mi seguro?

DISCREPANCIAS EN LA VALORACIÓN DE LOS DAÑOS.

Otra fuente de continuos problemas con las aseguradoras es la tasación que sus peritos hacen de los bienes dañados. Cuando ocurre un siniestro, lo primero que debemos hacer es comunicarlo a la compañía, cosa que ha de hacerse en el plazo de siete días, aunque si nos demoramos lo único que puede hacer el asegurador es descontar los perjuicios que se le produzcan por el retraso, que normalmente no existirán. A continuación, disponemos de un plazo legal de cinco días para presentar una relación de los muebles, enseres, dinero, etc. que han resultado dañados, robados, etc. (tampoco tiene por qué ocurrir nada si nos excedemos de ese plazo); en esa misma relación realizaremos una primera valoración, que conviene que, sin ser descaradamente excesiva, tampoco se quede corta, porque el asegurador realizará una nueva tasación, firmada por su perito, que con toda seguridad será muy inferior a la que se corresponda con los valores reales.


Si no nos conformamos con esta tasación, muchas veces absolutamente ridícula, habrá que contratar un perito, pagado por el propio asegurado, que realice una nueva tasación. Si reunidos nuestro perito y el de la compañía no se ponen de acuerdo, habrá que designar un tercer perito de común acuerdo, y si no hay posibilidad de llegar a un acuerdo deberá acudirse al Juez del lugar para que lo designe él. Los tres peritos deberán emitir un informe conjunto que aprobarán por mayoría entre ellos, con lo que, en la práctica, será este tercer perito quien decida, por lo que es muy importante garantizar su independencia.

Este dictamen conjunto puede ser impugnado judicialmente. El asegurador dispone de un plazo de treinta días, y el asegurado de un plazo, más amplio, de ciento ochenta días. Si dentro de estos plazos nadie lo impugna, deviene firme e inatacable. Si se impugna el dictamen, el asegurador deberá abonar al menos la cantidad mínima reconocida; y si no se impugna, la totalidad de lo señalado por el dictamen; dispone para ello de un plazo de cinco días.
Una vez firme el dictamen de los peritos, si la compañía no paga en el plazo indicado el asegurado podrá reclamarle judicialmente que lo haga, caso en que además se le obligará a pagarle las costas del juicio (gastos de abogado y procurador) y un interés del 20% sobre el importe que haya determinado el dictamen a contar desde la fecha en que éste haya devenido inatacable.
Cada parte ha de pagar su propio perito, y el tercero se paga a medias, salvo que la valoración que defendiese una de las partes fuese absolutamente desproporcionada, caso en que ésta deberá pagar al tercer perito.

Gabinete de Peritos: Que es el infraseguro?

SOBRESEGURO E INFRASEGURO.



A) Sobreseguro. Al contratar las diferentes coberturas hay que tener mucho cuidado con el sobreseguro y el infraseguro. El sobreseguro consiste en que se declara un valor del continente (el inmueble en sí mismo considerado, sea la parte correspondiente a la vivienda en el seguro del hogar o a la totalidad en el de la comunidad) o del contenido (los muebles, enseres, dinero, joyas, etc. que se guardan en la vivienda) superior al real; esto da lugar a que la prima a pagar sea más elevada, pero no da derecho a percibir una indemnización más alta en caso de siniestro: todos los seguros de daños están previstos para cubrir los daños y perjuicios realmente producidos, sin que sea posible ni lícito alcanzar ninguna ganancia por medio del sobreseguro. Equivalente al sobreseguro es el doble o múltiple aseguramiento: tampoco tendría sentido contratar dos seguros del hogar, por ejemplo, porque esto no quiere decir que nos vayan a pagar el doble en caso de siniestro, sino que se repartirían la indemnización que realmente correspondiese en función de los daños sufridos entre las compañías aseguradoras. Habríamos pagado de más a cambio de nada. Es más, si la compañía o compañías prueban que se contrató el sobreseguro dolosamente, con la intención de obtener un enriquecimiento ilícito, no estarán obligadas a abonar indemnización alguna y además podrían quedarse con el importe de las primas devengadas.

B) Infraseguro. En cuanto al infraseguro, consiste en que el valor declarado de continente y/o contenido es inferior al real. Lógicamente, esto da lugar al pago de una prima de inferior cuantía, pero implica asumir un riesgo mayor de lo que la mayoría de la gente cree. Esto es así porque en caso de siniestro la indemnización a abonar por el asegurador no va a alcanzar la totalidad de la cifra asegurada (salvo en caso de siniestro total), de forma que el riesgo que asume el asegurado se concentre sólo en los casos de daños de muy elevada cuantía, que superen tal cifra, sino que la indemnización será una cantidad proporcional al valor asegurado.
Expliquémoslo con ejemplos. Suscribimos un seguro multirriesgo del hogar sobre una vivienda con un valor real de 100.000 euros y cuyo contenido en muebles, enseres, ropa, etc. alcanza un valor de 12.000 euros. Si contratamos el seguro por la totalidad de estos valores, la compañía deberá cubrir la totalidad de los daños y perjuicios producidos en la vivienda en caso de siniestro cubierto por la póliza. Si contratamos un seguro declarando cantidades superiores, no nos reintegrarán cantidades más elevadas de las cifras indicadas: p.ej., si declaramos como valor de la vivienda 150.000 euros, y pagamos las primas correspondientes a ese valor, ocurre un siniestro (un incendio…) que destruya totalmente el inmueble, el asegurador no nos entregará 150.000 euros, sino sólo 100.000, porque no cabe usar el seguro como medio de enriquecimiento; y eso si no prueba que sobreaseguramos dolosamente y nos niega, lícitamente, toda indemnización.
Si declaramos como valor del inmueble 50.000 euros y del contenido 6.000 (es decir, la mitad de los valores reales), el asegurador sólo pagará estas cantidades cuando la vivienda haya quedado totalmente destruida, junto con todo su contenido. Pero si los daños producidos son, pongamos por caso, de 20.000 euros en la vivienda y 2.000 euros en el contenido, nos reintegrará 10.000 y 1.000 euros, respectivamente, y deberemos asumir el resto del perjuicio.
Otra posibilidad es que se establezca una cobertura "a primer riesgo", en que la aseguradora cubrirá la totalidad del daño hasta una determinada cantidad preestablecida, y a partir de ahí se aplique el porcentaje acordado, pero esto debe ser expresamente especificado.

Peritajes: ¿QUÉ RIESGOS CUBREN? Siniestros

Dentro del amplio mundo de los diferentes tipos de contratos de seguro, estas dos modalidades son probablemente las más comunes, junto con el seguro del automóvil: prácticamente todos los titulares de una vivienda tienen contratado un seguro multirriesgo del hogar y lo mismo ocurre con las comunidades de vecinos, sobre todo cuando su administrador es un profesional (y si no es así, deberían considerar la conveniencia de hacerlo, en uno y otro caso). Es más, cuando se solicita un préstamo hipotecario en que se pone como garantía una vivienda o local, el banco prestamista obligará al prestatario a que contrate un seguro que cubra, al menos, los daños al continente (es decir, al inmueble en sí mismo), quedando a opción del cliente extenderlo a otros posibles riesgos.
¿Por qué decimos que es conveniente contratar estos tipos de seguros? Por una razón bien sencilla: por una cantidad bastante razonable quedamos protegidos contra la eventualidad de sufrir unos daños que podrían arruinarnos. A la hora de contratarlo, examine las propuestas de diferentes compañías, fijándose no sólo en el precio sino también, y sobre todo, en sus coberturas. Si se trata del seguro de la comunidad, no se conforme con la primera propuesta de su administrador, pida también otros presupuestos. Veamos a continuación una serie de consideraciones a tener en cuenta a la hora de contratar y operar con estos seguros.



I.- ¿QUÉ RIESGOS CUBREN?El seguro multirriesgo del hogar, en principio, es el que cubre una serie de daños de origen muy distinto, que por sí mismo corresponderían a tipos de seguro diferentes, pero que se reúnen en uno solo al estar concentrados en el espacio de la vivienda. Hay que tener en cuenta, en primer lugar, que cuando hablamos de vivienda lo hacemos estrictamente de los elementos privativos de la misma, cuando se trata de un edificio con varios pisos. Correlativamente, el seguro de la comunidad es el que cubre similares daños pero en cuanto se produzcan o se originen en los elementos comunes del inmueble.
Sin embargo, uno y otro seguro pueden solaparse, es decir, puede ocurrir que el del hogar cubra determinados daños originados en elementos comunes y a la inversa (por ejemplo, daños causados por fugas de agua: normalmente el seguro del hogar cubrirá las fugas en cañerías privativas de la vivienda y el de la comunidad las fugas en conducciones comunes, pero puede ser que uno u otro seguro, o los dos, cubran ambos casos). Por ello, conviene estudiarlos conjuntamente con el agente o corredor de seguros para evitar pagar dos veces por una misma cobertura.
Entre los daños que cubren, se incluyen, como más típicos, la asistencia en el hogar (o el edificio), para arreglar averías; los daños por agua, por averías eléctricas, por rayos; el robo y el hurto; roturas de cristales; la responsabilidad civil por daños a terceros (p.ej., por filtraciones de agua a viviendas, locales, etc. de otras personas, o por humos, o por objetos que caigan de las ventanas o elementos que se desprendan de la fachada o el tejado y caigan sobre personas, automóviles, etc.); la inhabitabilidad de la vivienda o la pérdida de alquileres.


Necesito un Perito Judicial

El perito judicial o perito forense es un profesional dotado de conocimientos especializados y reconocidos, a través de sus estudios superiores, que suministra información u opinión fundada a los tribunales de justicia sobre los puntos litigiosos que son materia de su dictamen. Existen dos tipos de peritos, los nombrados judicialmente y los propuestos por una o ambas partes (y luego aceptados por el juez o el fiscal), y ambos ejercen la misma influencia en el juicio.


Los peritos judiciales son capaces de ejecutar, aplicar y utilizar todas las técnicas y recursos de una forma científica para una adecuada administración de los requerimientos de su campo laboral (recolección de pruebas, aseguramiento, preservación, manejo de la cadena de custodia necesaria para esclarecer la verdad, etc.).

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[editar]Legislación en España

En España, el perito tiene que tener certificados sus conocimientos, por lo que es necesario que aporte un título oficial o conocimientos del título oficial estatal de perito industrial, al de ingeniero técnico industrial.1
La Condición del perito judicial según la Ley de L.E.C. tipifica en su artículo 340.1:
1. Los peritos deberán poseer el título oficial que corresponda a la materia objeto del dictamen y a la naturaleza de éste. Si se tratare de materias que no estén comprendidas en títulos profesionales oficiales, habrán de ser nombrados entre personas entendidas en aquellas materias.
Y en la Ley de Enjuiciamiento Criminal en su artículo 457 contempla que los Peritos Judiciales pueden ser o no titulares.
"Son peritos los que tienen título oficial en la naturaleza del peritaje que requiere el juzgado".
"Cuando no hay peritos titulados, se puede nombrar a personas entendidas que careciendo de título oficial, tienen sin embargo, conocimientos o práctica especiales en alguna ciencia o arte, pero estas actuarán como personas entendidas no como peritos".
El perito suministra al juez el peritaje u opinión fundada de una persona especializada en determinadas ramas del conocimiento que el juez no está obligado a dominar, a efecto de suministrarle argumentos o razones para la formación de su convencimiento.
El peritaje podrá ser aportado en función de los meros conocimientos del perito, o bien a la aplicación de tales conocimientos en la evaluación de una determinada prueba.
Una de las responsabilidades menos estudiadas, al menos en forma integrada al proceso judicial, es sin duda la del perito, y es tal vez el sujeto más trascendente en la etapa de investigación y del valor probatorio del curso de un procedimiento dado.

[editar]Carácter de auxilio a la actividad de los órganos judiciales

Los denominados “órganos de auxilio judicial” que, sin ser funcionarios de carrera, prestan asistencia de diferentes maneras a la labor de los juzgados y tribunales. No son funcionarios de la Administración de Justicia, pero son Auxiliares “ah hoc” nombrados por autoridad competente (Juez/Magistrado o Administración) que deben realizar una función pública de acuerdo al cargo conferido.
También son órganos de auxilio judicial el cuerpo de médicos forenses (Institutos de Medicina Legal), el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, la policía judicial y otros, todos los cuales se rigen por las leyes y reglamentos especiales (art. 470 a 480, LOPJ).
Un dictamen pericial permite llevar a conocimiento del Juez datos de hecho que pueden ser aprehendidos sólo o, cuando menos, de modo preponderante, por quien esté versado o formado en una determinada rama del saber, sea científica, artística, técnica, o en una concreta práctica.

jueves, 25 de octubre de 2012

El fraude en los seguros

El pasado año fueron detectados en Euskadi un total de 4.420 intentos de fraude al seguro, según datos de la Asociación Empresarial del Seguro (Unespa). Por territorios, la mayor parte de los intentos detectados se registraron en Bizkaia, con 2.657, seguido de Gipuzkoa, con 1.322, y Alava, con 441.
Los intentos de fraude descubiertos por las aseguradoras se concentran fundamentalmente en el seguro del automóvil. Concretamente, el 68% de los casos en Gipuzkoa, el 67% en Bizkaia y el 59% en Alava. A mayor distancia se sitúan los fraudes detectados en el ramo de diversos y responsabilidad civil general, que suponen el 37% de los casos en Alava, el 28% en Bizkaia y el 27% en Gipuzkoa.
Por lo que se refiere al conjunto de España, los intentos de fraude descubiertos ascendieron a 130.959, un 10,5% más que en 2010. Según Unespa, estos casos habrían tenido un coste para el resto de asegurados de 521,4 millones de euros. Sin embargo, la investigación de las aseguradoras permitió abonar solo 157,1 millones de euros, que era la cantidad real a la que se tenía derecho, suponiendo un ahorro de 364,2 millones.
En el Informe sobre el Fraude al Seguro Español se pone de manifiesto que las aseguradoras destinan cada vez más recursos a la persecución de estas tentativas. De hecho, en 2011 destinaron cerca de ocho millones de euros a este fin, un 15% más. Así, por cada euro invertido en la lucha contra el fraude consiguió evitar pagar casi 46 euros.
El informe explica que detrás del incremento de intentos de fraude a las aseguradoras de los dos últimos años se encuentra la crisis económica. Según apunta, se aprecia un aumento de intentos de fraude no profesionales, como simulaciones de robo, incendios de negocios, etc, «aunque continúa habiendo redes delictivas organizadas para delinquir y simular el fraude».
Respecto a las herramientas de investigación, el estudio pone de manifiesto que se ha producido una utilización «masiva» de Internet y de redes sociales como una de las vías de seguimiento e investigación de estos siniestros.

martes, 16 de octubre de 2012

El Barcelona Meeting Point atrae a inversores rusos

BARCELONA, 15 (EUROPA PRESS)
La XVI edición del salón inmobiliario Barcelona Meeting Point (BMP), que se celebrará entre los próximos días 17 y 21 de octubre en Fira de Barcelona, facilitará la conexión entre bancos y promotoras españolas con fondos de inversión internacionales e inversores rusos.
Así lo ha destacado en rueda de prensa el presidente del BMP, Enric Lacalle, que ha enumerado la participación de grandes fondos de inversión extranjeros --como Credit Suisse, Gov of Singapore Investment Corp., Orion Capital Parters, Taylor Global Advisors o Lone Star--, y ha asegurado que España es visto como un mercado "muy atractivo" por las oportunidades que ofrece.
"Si los fondos inmobiliarios y financieros internacionales vienen a comprar al BMP, significa que se ha tocado fondo con los precios" --con excepción de la costa-- y ha llegado el momento de invertir en España", donde, según ha recordado Lacalle, buena parte de los productos inmobiliarios están ahora en manos de los bancos.


Según ha explicado, el salón ha detectado el nacimiento de nuevas empresas para recolocar los activos inmobiliarios de los bancos, otros participantes destacados de un evento que contará con un 40% de empresas internacionales y 20.000 metros cuadrados de exposición.
En cuanto al III Russia Meeting Point, el salón también ha confirmado la participación de más de 80 inversores y agentes de la propiedad inmobiliaria (API) de Rusia encabezados por la Asociación de APIs de Rusia, con quienes organizará un mínimo de diez reuniones personalizadas 'cara a cara' para las empresas que hayan reservado antes del 10 de octubre un expositor, por el que deben abonar 6.000 euros.
El salón también contará este año con otras tres áreas exclusivas de exposición: un clúster de inversores para poner en contacto la oferta y la demanda; uno de espacios productivos, dedicado al inmobiliario de empresa; y uno de agencias inmobiliarias, el único que se encuentra en el Salón Gran Público.
BANCO MALO.
El Symposium Internacional BMP 2012 abordará el 'banco malo', las consecuencias de la reforma del sector financiero en el sector inmobiliario --con el director general del FROB, Antonio Carrascosa-- y las regulaciones de la Unión Europea para la eficiencia energética de los edificios, entre otros, además de reunir a los empresarios de la banca, a los empresarios y a las instituciones para debatir el futuro del sector.
Ha acompañado al presidente del BMP en la rueda de prensa el delegado del Estado en el Consorcio de la Zona Franca de Barcelona (CZFB), Jordi Cornet, quien ha coincidido con Lacalle en que los precios han tocado fondo y no se hundirán aún más a causa del 'banco malo'.
Inaugurarán este miércoles el BMP la ministra de Fomento, Ana Pastor; el conseller de Territorio y Sostenibilidad de la Generalitat, Lluís Recoder; el alcalde de Barcelona, Xavier Trias; la delegada del Gobierno en Catalunya, Llanos de Luna, Lacalle y Cornet, además de una representación institucional y empresarial.
El BMP es el único salón inmobiliario profesional e internacional de España que se celebra desde 1997, fundado por el Consorcio de la Zona Franca de Barcelona (CZFB), y que permite poner en contacto a profesionales del sector, conocer oportunidades de inversión y conseguir financiación para un proyecto, entre otros aspectos.